miércoles, 4 de mayo de 2016

Guión para el estudio de un sistema educativo

Antes de juzgar un sistema educativo, ten en cuenta:

  1. Consideraciones del ámbito geográfico.
  2. La estructura del sistema educativo concreto.
  3. Indicadores de la educación
    1. Indicadores de contexto
      1. Contexto general (proporción de población en edad escolar y gasto en educación)
      2. Capital humano (nivel de estudios de la población adulta)
      3. Expectativas sociales ante la educación (por nivel y género)
    2. Indicadores de recursos
      1. Recursos financieros y económicos
      2. Recursos TIC en el sistema educativo
      3. Recurso humanos (ratio)
    3. Indicadores de escolarización
      1. Proporción de población en edad escolar
      2. Nº de alumnado por nivel educativo
      3. Evolución de tasas de escolarización en edades de niveles no obligatorios
      4. Acceso a educación superior
      5. Alumnado extranjero
      6. Atención a la diversidad
      7. Abandono escolar prematuro
      8. Participación en aprendizaje permanente
      9. Educación privada
  4. Indicadores de procesos
    1. Organización y funcionamiento de los centros
      1. Tareas directivas
      2. Calendario escolar
      3. Nº de horas de enseñanza
      4. Agrupamiento del alumnado
      5. Participación de las familias
      6. Práctica educativa
      7. Clima escolar
  5. Indicadores de resultados
    1. Resultados educativos del alumnado
    2. Promoción y certificación
    3. Resultados a largo plazo

Y luego, extrae tus propias conclusiones...
 
 

lunes, 25 de abril de 2016

La Educación Ambiental en la LOMCE. Educación Primaria

Para Educación Primaria y tras analizar como se recoge la Educación Ambiental en la ley de educación (LOMCE) se han encontrado los siguientes puntos que hacen referencia a ella: 

Competencias
  • 5.º Competencias sociales y cívicas. 
  • 6.º Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor
Objetivos de la Educación Primaria
  1. Conocer y apreciar los valores y las normas de convivencia, aprender a obrar de acuerdo con ellas, prepararse para el ejercicio activo de la ciudadanía y respetar los derechos humanos, así como el pluralismo propio de una sociedad democrática.
  2. Adquirir habilidades para la prevención y para la resolución pacífica de conflictos, que les permitan desenvolverse con autonomía en el ámbito familiar y doméstico, así como en los grupos sociales con los que se relacionan.
Artículo 10. Elementos transversales.
 
3. "...Las Administraciones educativas fomentarán el aprendizaje de la prevención y resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social, así como de los valores que sustentan la libertad, la justicia, la igualdad, el pluralismo político, la paz, la democracia, el respeto a los derechos humanos y el rechazo a la violencia terrorista, la pluralidad, el respeto al Estado de derecho, el respeto y consideración a las víctimas del terrorismo y la prevención del terrorismo y de cualquier tipo de violencia.
Se evitarán los comportamientos y contenidos sexistas y estereotipos que supongan discriminación.
Los currículos de Educación Primaria incorporarán elementos curriculares relacionados con el desarrollo sostenible y el medio ambiente, los riesgos de explotación y abuso sexual, las situaciones de riesgo derivadas de la utilización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, así como la protección ante emergencias y catástrofes."
 
Asignaturas específicas  
 
Valores Sociales y Cívicos.
 
Los Valores sociales y cívicos tienen una valía fundamental para las personas en una sociedad democrática; de ahí la importancia de que la educación facilite la construcción de la identidad individual y potencie relaciones interpersonales enriquecedoras para fortalecer la convivencia, de acuerdo a valores cívicos, socialmente reconocidos. El área Valores Sociales y Cívicos ayuda, en gran medida, a garantizar el derecho universal de los niños y niñas a recibir una educación que les permita desarrollarse al máximo de sus posibilidades, formarse en el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y prepararse para asumir una vida responsable en una sociedad libre y tolerante con las diferencias. 
 
Ciencias Sociales.
 
Bloque 2: El mundo en que vivimos. La Intervención Humana en el Medio.
  • El desarrollo sostenible.
  • Los problemas de la contaminación.
  • El cambio climático: Causas y consecuencias
  • Consumo responsable
Ciencias naturales
  • El trabajo en el área de las Ciencias de la Naturaleza pretende desarrollar una actitud de toma de conciencia, participación y toma de decisiones argumentadas ante los grandes problemas a los que nos enfrentamos en la actualidad, ayudándonos a valorar las consecuencias.
  • (…), para el desarrollo de actitudes y valores, los contenidos seleccionados han de promover la curiosidad, el interés y el respeto hacia sí mismo y hacia los demás, hacia la naturaleza, hacia el trabajo propio de las ciencias experimentales y su carácter social, y la adopción de una actitud de colaboración en el trabajo en grupo.
Contenidos
  • Hábitos saludables para prevenir enfermedades
  • La relación con los demás. La toma de decisiones: criterios y consecuencias. La resolución pacífica de conflictos.
  • Interés por la observación y el estudio riguroso de todos los seres vivos.
  • Hábitos de respeto y cuidado hacia los seres vivos.
  • Fuentes de energías renovables y no renovables. El desarrollo energético, sostenible y equitativo.
  • Beneficios y riesgos de las tecnologías y productos.
Criterios de evaluación
  • Trabajar de forma cooperativa, apreciando el cuidado por la seguridad propia y de sus compañeros, cuidando las herramientas y haciendo uso adecuado de los materiales.
Estándares de aprendizaje evaluables
  • Observa, identifica y describe algunos avances de la ciencia que mejoran la salud (medicina, producción y conservación de alimentos, potabilización del agua, etc.).
  • Identifica y explica los beneficios y riesgos relacionados con la utilización de la energía: agotamiento, lluvia ácida, radiactividad, exponiendo posibles actuaciones para un desarrollo sostenible.
Conclusiones
 
Después de analizar el nuevo currículo, en términos generales se hace mención a la educación ambiental social. Y en la parte de ciencias naturales, se menciona de forma particular contenidos relacionados con la educación ambiental natural. Estos contenidos son nombrados en el texto, pero no aclaran de que forma van a ser tratados en las aulas. Estos deben ser trabajados no de manera teórica, sino de una manera práctica que lleva al alumnado hacia un desarrollo sostenible del medio ambiente.
 

sábado, 23 de abril de 2016

lunes, 11 de abril de 2016

LOMCE. Perspectiva de la Educación Pública. Los problemas del sistema educativo español.


En este vídeo se ofrece otra perspectiva de la LOMCE y la evaluación del sistema educativo, desde el punto de vista de la escuela pública.
 
Actualmente, ara evaluar el sistema educativo, se procede a una comparación interna del sistema en relación al pasado reciente del país, y por otro lado, con los sistemas del entorno (Europa).  Sin embargo, hay que tener en cuenta la distancias de los países, no la posición que ocupan en el rankin de los informes, así, España no está tan mal situado, sólo un poco por debajo de la media. Por otro lado, en promedios internacionales de adquisición de competencias, el sistema español parece que obtiene unos buenos resultados, aunque pocos representen la excelencia, lo que hace que baje la media estatal. El resultado comparativo es positivo, como por ejemplo si tenemos en cuenta que en España hay un alto grado de inclusión en el sistema educativo, de alumnos en posiciones económicas y sociales inferiores respecto a la media, y respecto a otros países europeos.
 
Los problemas principales que se suelen poner sobre la mesa son el fracaso escolar, la desigualdad territorial de la educación, y la ausencia de una política seria de formación del profesorado.
 
A título personal se me plantean una serie de cuestiones:
  • ¿Qué está detrás de lo que se denomina "fracaso escolar"? A pesar de que pueda parecer un hecho negativo, el fracaso escolar puede verse como éxito social o éxito laboral, y la salida de las personas del sistema educativo, como una situación no representativa de un problema social o económico, sino más bien una cuestión filosófica o de práctica de la libertad individual y realización personal.
  •  ¿La observación de las diferencias entre los logros educativos por comunidades manifiestan la diversidad del territorio español? Las desigualdades territoriales son consecuencia y reflejo de desigualdades sociales, políticas, económicas y culturales de los diferentes territorios y comunidades del estado español, siendo el contexto diferente prácticamente en todas las comunidades autónomas españolas, y las adaptaciones curriculares que se redactan en cada comunidad conducen al mantenimiento y perpetuación de esta situación.
  • Cuanto más (tiempo dentro del sistema educativo), ¿mejor? La educación es parte del desarrollo personal, además del profesional o laboral, y esta es la raíz básica de una serie de incoherencias o diferencias interpretativas sobre el concepto de educación y lo que conlleva. La educación debe actuar en pro del individuo, a parte del colectivo que representa la sociedad, pero sin embargo, en la mayoría de los casos actúa como un generador de dependencia del sistema y de la red educativa, y por ende, en contra del desarrollo individual.
  • "Llegará la hora de consultar la hora y decirnos... ya es la hora". Por último, bajo mi perspectiva, queda patente que estamos ante un sistema obsoleto, ya que el método educativo, el contenido educativo, las leyes educativas, los profesores, los centros educativos, incluso a veces las familias, deberían estar centrados en el alumno, en la persona que se está formando, y en gran medida no lo están. Así pues, que el entorno se adapte a los individuos concretos, en lugar de entes abstractos e idealizados, creo que es el único mecanismo en el que una educación puede evolucionar y ser posible año tras año, ya que lo único que nunca va a estar obsoleto es el alumno.
 

jueves, 7 de abril de 2016

LOMCE. Perspectiva de la Educación Privada. Las sombras del sistema educativo español. CEUmedia.


En este vídeo, se expresa la perspectiva que se tiene desde la educación privada de la LOMCE.
 
Como consecuencia de unas leyes politizadas, falta consenso en los planes educativos. A los problemas se les ponen parches, y éstos quedan sin resolver.
Desde este punto de vista, las deficiencias en el sistema educativo son consecuencia del un sistema y formación del profesorado ineficaz e insuficiente. El profesorado está cualificado, pero necesita un reciclaje y una evaluación y formación contínua, una actualización que no se produce en el sistema público.
 
Se manifiesta una percepción de escaso apoyo familiar y social a la educación en la escuela, que a pesar de una elevada inversión económica, obtiene unos resultados mejorables, ya que, según la escuela privada:
  • Falta inversión en nuevas tecnologías.
  • Es preciso un aumento en la carga lectiva de lengua, matemáticas e inglés.
  • Se necesita fomentar a los mejores alumnos.
  • Parece necesario reforzar la autoridad de los profesores.
  • Se plantea seleccionar al profesorado según su capacidad y vocación docente.
Y en parte, tienen razón.

lunes, 21 de marzo de 2016

Conferencia: La LOMCE en resumen - Avelino Sarasúa

 
En este vídeo, se hace una exposición breve y técnica de la nueva ley para mejora del sistema educativo. La LOMCE sólo tiene un artículo, porque es una modificación de la LOE. Propone cambios basados en la detección de problemas actuales del sistema educativo y una valoración de Europa.
 
Se observan unas fortalezas en el sistema español:
  1. La universalidad de la escolarización.
  2. La equitatividad: se compensan desigualdades iniciales de los alumnos.
  3. La financiación: es similar al resto de países europeos.
  4. El ratio profesor-alumno: dentro de los parámetros normales del resto de Europa.
En cambio, también presenta ciertas debilidades:
  1. Una elevada tasa de abandono temprano de la educación.
  2. Un bajo número de titulados universitarios y de bachillerato (hay muchos titulados, pero pocos excelentes).
  3. La devaluación de la FP.
  4. Los malos resultados en las evaluaciones externas.
  5. La ausencia de pruebas externas estandarizadas a nivel estatal.
  6. Informes declaran una baja autonomía de los centros, también porque el profesor no asume la elaboración del currículo.
  7. Bajo número de aprendizaje de lenguas extranjeras y TIC.
En el discurso se proponen ciertas medidas para la mejora educativa, así como se explican los cambios  o innovaciones que introduce la LOMCE dentro del sistema educativo, el currículo, la evaluación y la autonomía de los centros.

domingo, 20 de marzo de 2016

La LOMCE según Tonucci


Actualmente la escuela y la familia debe ser complementaria, y debe cambiar, por el simple derecho de los ciudadanos a elegir y realizarse según ellos mismos.Los primeros años del desarrollo son los más importantes, pues son los cimientos de los que se va a hacer en el resto de las etapas, así la educación infantil se convierte en más importante que la educación universitaria de una sociedad desarrollada.
 
Al constituir un derecho, cada uno puede expresar sus capacidades, por lo tanto se aceptan las diversidades, que aún se ven como un retraso, ya que se tiende a la normalización, y de esta manera, en la diversidad, en escuelas no diferenciadas por capacidades, el aprendizaje acaba siendo mayor.
Para la evaluación del sistema educativo son importantes los parámetros internacionales, pero no las personas, así que esto debería cambiar y medirse el progreso y no los valores absolutos.
 
Para conseguir esto, es necesario apoyar a los maestros nuevos y novedosos, a diferencia de la tendencia que suele haber hacia el aislamiento y la soledad de estos maestros innovadores.
La educación pública es importante para no comprometer el futuro, es importante también para los padres, porque tiene mucha relación con la felicidad, que es lo que quieren los padres para sus hijos, y que realicen sus deseos y puedan expresar su naturaleza particular, en lugar de ser y convertirse en lo que el mercado exige.

miércoles, 16 de marzo de 2016

1970 - Ley General de Educación (LGE)

 Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa (LGE), en la que se regula y estructura, por primera vez en el siglo XX, todo el sistema educativo español.
 
Fue una ley de gran alcance, que pretendió superar las contradicciones internas en las que el sistema había caído por sucesivas reformas sectoriales, insuficientes para responder al acelerado cambio social y económico de la España de aquellos momentos. Los planteamientos de la Ley se inscribían en la tradición educativa liberal y suponían un reconocimiento implícito del fracaso de la educación autoritaria de los últimos 30 años. Desde una perspectiva global de educación permanente, la LGE diseñó un sistema unitario (se suprime la doble vía en los primeros niveles) y flexible (se crean numerosos «puentes» y posibilidades de paso de una rama a otra en los niveles superiores).
 
Se estructura el sistema en cuatro niveles: 
    Preescolar: concebido como la iniciación del niño en el aprendizaje. Estará dividido en dos etapas de distinto contenido pedagógico: jardín de infancia, para niños de 2−3 años, y escuela de párvulos, para niños de 4−5 años.
    Educación General Básica: será la continuación natural del  Preescolar, y la ley la contempla como un nivel único, obligatorio y gratuito para todos los españoles. Se divide en dos etapas: 1ª etapa, de 6−10 años, en la que se acentuará el carácter globalizado de las enseñanzas y en la 2ª, habrá una moderada diversificación de las enseñanzas y será para niños de 11−13 años. Al término de los ocho cursos, si la evaluación final es satisfactoria, el alumno recibe el Título de Graduado Escolar; en caso contrario, un Certificado de Escolaridad. Con el primero se puede acceder al bachillerato y con el segundo solo se puede acceder a la formación profesional de primer grado, en cuyo caso es obligatoria y gratuita.

    Enseñanzas Medias: el bachillerato se define como unificado y polivalente (BUP). Comprendía tres cursos. Una vez acabado éste, el alumno podía optar por el curso de orientación universitaria (COU) o por la formación profesional de segundo grado.

    Enseñanza Universitaria, se impartirá en tres ciclos: el primero, de tres años de duración, pensado para las profesiones cortas, otorgará el título de Diplomado, arquitecto técnico o ingeniero técnico, siempre que sigan la enseñanzas del tercer grado de la formación profesional; el segundo ciclo, de dos años de duración, permite la obtención del título de Licenciado; y el tercer ciclo, de especialización concreta y de preparación para la investigación y la docencia, habilitara para la obtención del título de Doctor.
A la formación profesional se accederá tras haber completado los estudios de los correspondientes niveles y ciclos educativos, como hemos visto anteriormente. Esta no es considerada como un nivel educativo, aunque si aparece como la culminación de los tres niveles: preescolar, educación general básica y enseñanzas universitarias. El sistema se cierra con la educación permanente de adultos, las llamadas enseñanzas especializadas, la educación especial para deficientes e inadaptados y las diversas modalidades de enseñanza (a distancia, cursos nocturnos, cursos para extranjeros, etc.)
 
Características más relevantes:
  • Generalización de la educación de los 6 a los 14 años para toda la población, en el doble sentido de integración en un sistema único, no discriminatorio, de todos los niños comprendidos en estas edades, y de escolarización plena.
  • Preocupación por la calidad de la enseñanza. Así, no sólo supuso la extensión de la educación, sino que procuró una enseñanza de calidad para todos.
  • Fin del principio de subsidiariedad del Estado, presente hasta 1970. Esta ley reconoce la función docente del Estado en la planificación de la enseñanza y en la provisión de puestos escolares.
  • Presencia notable de la enseñanza privada en los niveles no universitarios.
  • Un sistema educativo, pretendido teóricamente con esa estructura, poco selectivo en comparación con otros países.
  • Preocupación por establecer relaciones entre el sistema educativo y el mundo del trabajo, en el sentido de que la educación prepare para el trabajo.
  • Configuración de un sistema educativo centralizado, que trajo consigo una uniformidad en la enseñanza.
La Ley disponía de un plazo de diez años para la implantación total. Sin embargo e inexplicablemente, se redactó un calendario de aplicación de la reforma que aceleraba al máximo su ejecución. Un ejemplo de ello fue la implantación, un mes después, de los cuatro primeros cursos de Educación General Básica, siguiendo un ritmo acelerado el resto del calendario. Ello trajo consigo problemas financieros y una gran confusión en la marcha de la reforma. Los planes de estudios aprobados en 1975 volvieron a orientar al bachillerato hacia un enfoque tradicional, académico y teórico otra vez, pues lamentablemente el sistema de evaluación de la Ley Villar Palasí se convirtió en una sucesión interrumpida de exámenes a lo largo del curso. Por otra parte, el principio de polivalencia del bachillerato no llegó a cumplirse y otros problemas tradicionales siguieron sin solución, aunque se experimentó un auge en la escolarización a este nivel. 

sábado, 12 de marzo de 2016

La educación en la Constitución Española


En 1978, cuando se crea y aprueba la Constitución Española. Es un periodo histórico en el que comparten espacio en el parlamento español grupos políticos con ideologías muy dispares, y diferentes inclinaciones respecto al modelo educativo: socialistas (PSOE), comunistas (PCE), y franquistas (Alianza Popular). La izquierda sueña con una educación laica, más libre, pública y mantenida y regulada por el estado; y la derecha prefiere la enseñanza privada, y con la posibilidad de perpetuar un determinado ideario.
Así, en la Constitución se recogen concesiones a ambos lados:
A la derecha:
"Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones."
"Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca."
"Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales."
A la izquierda:
"Los profesores, los padres y , en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca."
"Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes."
Mientras que se quedan en el centro:
"Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca."
"Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes."
"La enseñanza básica es obligatoria y gratuita."
"La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales."
"Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza."

miércoles, 9 de marzo de 2016

El derecho a la educación y la libertad de enseñanza en la Constitución Española

 
1.      El derecho a la educación y la libertad de enseñanza en la Constitución Española.
En la Constitución Española de 1978, dentro de la sección Derechos fundamentales y libertades públicas (artículos 15 a 29), se enmarca el Derecho a la educación y libertad de enseñanza en el artículo 27 de la misma.
El derecho a la educación se entiende como el derecho a acceder a una formación acorde con los intereses personales, y es regulado de manera más específica en los apartados 1: “todos tienen derecho a la educación”, en el apartado 4: “ la enseñanza básica es obligatoria y gratuita”, y en el apartado 5: “los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes”. Así, en su sentido estricto, su naturaleza de derecho social determina que los poderes públicos se vean obligados a organizar el sistema educativo como la prestación de un derecho estructurado como un servicio público.
Por otro lado se establece la finalidad del reconocimiento de este derecho y los límites establecidos de los derechos educativos, en el apartado 2: “tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”; de manera que regula tanto la educación en libertad como la educación para la libertad humana, de acuerdo con la normativa internacional de los derechos de los niños y de los derechos fundamentales de la Unión Europea.
Respecto a la libertad de enseñanza, es interpretada de diferentes formas: por un lado, las familias la entienden como la posibilidad de elección entre una educación pública o privada; los sectores conservadores, como la posibilidad de permanencia de centros educativos privados, en defensa de la pluralidad de centros; y el sector progresista, como la posibilidad de libertad ideológica dentro del centro educativo, como escuela pública universal y gratuita.  Al no quedar limitada la interpretación de este precepto, esta libertad varía en función del contexto legislativo y de la realidad social y política de cada momento. La libertad de creación de centros docentes se manifiesta en el apartado 6: “reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes”, se concreta en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación 8/1985, y se establecen los requisitos mínimos junto con la regulación de los procedimientos a seguir para la autorización y apertura de los centros que impartan estas enseñanzas de régimen general.
2.       Principales reformas educativas en el último tercio del siglo XX.
1970 - Ley General de Educación (LGE): Ley 14/1970, de 4 de Agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa. Se caracteriza por: ser un sistema unitario y flexible; su estructura en 4 niveles (Preescolar, Educación General Básica (EGB), Enseñanzas Medias y Enseñanza Universitaria); generalización de la educación de los 6 a los 14 años, universal y no discriminatoria; preocupación por la calidad de la enseñanza y establecer relaciones con el mundo laboral; el reconocimiento de la función docente del Estado en la planificación de la enseñanza y en la provisión de puestos escolares; la presencia de la enseñanza privada en los niveles no universitarios; ser un sistema educativo centralizado (Uniformidad de la enseñanza).
1980 - Ley Orgánica de Estatutos de Centros Escolares (LOECE): Se enfoca hacia la democratización y participación de la sociedad en el sistema educativo. Características: la creación de los consejos de dirección; aúna lo legislado para primaria y secundaria; libertad para la creación de centros docentes; enfatiza la ideología de los titulares de los centros mediante el derecho al “ideario” del centro.
1985 - La Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (L.O.D.E.): Ley Orgánica 8/1985, de 3 de Julio. Características: establece los fines generales de la educación (formación personal, intelectual y profesional y preparación para la participación social, democrática y solidaria); garantiza la enseñanza básica, gratuita y obligatoria para todos, el desarrollo del derecho a la libre enseñanza, y el acceso no discriminatorio a los niveles superiores; regula la participación de la sociedad mediante la creación de los Consejos Escolares; reconoce la libertad de asociación, federación y confederación de padres y alumnos; crea una red de centros privados concertados; autonomía de centros (órganos de gobierno); elección democrática del director del centro.
1990 - La Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (L.O.G.S.E.): Ley Orgánica 1/1990, de 3 de Octubre. Características: reordena el sistema educativo estableciendo unas enseñanzas de régimen general y otras de régimen especial; amplía la duración de la enseñanza básica obligatoria de los 6 a los 16 años, regula la etapa de Educación infantil (no obligatoria) de 0-3 años y de 3-6); regula la educación de las personas adultas; reforma la Formación Profesional; atiende a la compensación de las desigualdades en educación; parte del principio de normalización e integración social del alumnado con necesidades educativas especiales; define los factores que contribuyen a la mejora de la calidad de la enseñanza; determina los aspectos básicos del currículo (objetivos, contenidos, metodología y criterios de evaluación);  da Competencias a las Comunidades Autónomas, reforzando la diversidad e identidad cultural, lingüística y educativa (oportunidad al bilingüismo y a la inclusión de materias propias de la cultura de cada territorio).
1995 - La Ley Orgánica de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes (L.O.P.E.G.): La Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre. Características: regula la organización y funciones de los órganos de gobierno de los centros públicos  (Consejo escolar y Claustro de profesores); refuerza las funciones de los Consejos Escolares; regula el ejercicio de la Inspección por la Administración Educativa; establece las medidas para garantizar la escolarización del alumnado extranjero; da importancia a la evaluación de los centros, de la función pública docente, de la labor directiva y de la inspección, así como de la formación del profesorado.
3.      Libertad de cátedra, libertad de elección de centro, libertad de creación y dirección de centro educativo.
Recogida en el artículo 20 de la Constitución Española, la libertad de cátedra es "una proyección de la libertad ideológica y del derecho a difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones de los docentes en el ejercicio de su función”. Consiste, por tanto, en la posibilidad de expresar las ideas o convicciones que cada profesor asume como propias en relación a la materia objeto de su enseñanza, presentando de este modo un contenido propio y personalizado. Se reconoce en todos los niveles de la enseñanza y está condicionada por los planes de estudio.
Desde 1985 se considera "la educación como un derecho ciudadano fundamental, garantizado por una red integrada de centros sostenidos con fondos públicos que debe asegurar a todos su ejercicio, reconociendo la libertad de los padres para elegir la escuela para sus hijos y la participación de todos los miembros de la comunidad escolar en la programación general de la Educación". El marco normativo integra un procedimiento para acceder al centro en función de criterios objetivos (proximidad al centro, renta de la unidad familiar, existencia de hermanos en el centro y de alguna discapacidad) que tratan de impedir la arbitrariedad de la adjudicación en caso de insuficiencia de plazas. A pesar de ello, desgraciadamente se ha llegado a una situación “zonificación escolar” que contribuye al desequilibrio de la homogeneidad social.
El apartado 6 del artículo 27 de la Constitución “reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales”, sin embargo, los límites y capacidades del Estado para influir en la dirección de los centros concertados se plantea como un asunto de confrontación política.
4.      Obligatoriedad de la enseñanza.
Es necesario diferenciar dos términos: “escolarización obligatoria”, término entendido como la etapa que formalmente establece un Estado para la enseñanza institucionalizada de las generaciones más jóvenes, y “educación obligatoria”, que es un término más amplio que incluye al anterior, pero que no implica necesariamente la institucionalización de la enseñanza. La escolarización obligatoria resulta ser un tema que puede ser abordado desde múltiples perspectivas. En general se presenta como un logro de la sociedad moderna, aunque se puede transformar en un asunto problemático, respecto a su posibilidad de interferencia con la libertad educativa, en determinados contextos.
La enseñanza obligatoria suele tener lugar en el aula, sin embargo, algunos alumnos españoles de hasta 18 años están adscritos a la organización de la Asociación para la Libre Educación y reciben formación fuera de la escuela ya sea en casa o apoyados en sistemas de educación a distancia. Las familias que recurren a esta vía lo hacen por estar en desacuerdo con el sistema pedagógico oficial, porque han sufrido acoso escolar, están en vías del fracaso escolar, por estrés o por exceso de competitividad.
5.      Reflexión
Es importante y resulta imprescindible la tutela constitucional que garantice la libertad de enseñanza, de modo que en el sistema educativo sea manifiesto tanto el pluralismo externo, entendido como la posibilidad de elección de diferentes tipos de centros, como el pluralismo interno, entendido  como la posibilidad de que se garantice la libertad de cátedra dentro de cada uno de ellos. Así mismo, parece que los problemas que derivan de este modelo de enseñanza son debidos a la articulación de los derechos de manera subjetiva en la Constitución, donde se recoge a la vez la situación del país, y se plasman los desacuerdos en torno a la finalidad y estructura de la escolarización, conflictos que perduran en la actualidad.