miércoles, 16 de marzo de 2016

1970 - Ley General de Educación (LGE)

 Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa (LGE), en la que se regula y estructura, por primera vez en el siglo XX, todo el sistema educativo español.
 
Fue una ley de gran alcance, que pretendió superar las contradicciones internas en las que el sistema había caído por sucesivas reformas sectoriales, insuficientes para responder al acelerado cambio social y económico de la España de aquellos momentos. Los planteamientos de la Ley se inscribían en la tradición educativa liberal y suponían un reconocimiento implícito del fracaso de la educación autoritaria de los últimos 30 años. Desde una perspectiva global de educación permanente, la LGE diseñó un sistema unitario (se suprime la doble vía en los primeros niveles) y flexible (se crean numerosos «puentes» y posibilidades de paso de una rama a otra en los niveles superiores).
 
Se estructura el sistema en cuatro niveles: 
    Preescolar: concebido como la iniciación del niño en el aprendizaje. Estará dividido en dos etapas de distinto contenido pedagógico: jardín de infancia, para niños de 2−3 años, y escuela de párvulos, para niños de 4−5 años.
    Educación General Básica: será la continuación natural del  Preescolar, y la ley la contempla como un nivel único, obligatorio y gratuito para todos los españoles. Se divide en dos etapas: 1ª etapa, de 6−10 años, en la que se acentuará el carácter globalizado de las enseñanzas y en la 2ª, habrá una moderada diversificación de las enseñanzas y será para niños de 11−13 años. Al término de los ocho cursos, si la evaluación final es satisfactoria, el alumno recibe el Título de Graduado Escolar; en caso contrario, un Certificado de Escolaridad. Con el primero se puede acceder al bachillerato y con el segundo solo se puede acceder a la formación profesional de primer grado, en cuyo caso es obligatoria y gratuita.

    Enseñanzas Medias: el bachillerato se define como unificado y polivalente (BUP). Comprendía tres cursos. Una vez acabado éste, el alumno podía optar por el curso de orientación universitaria (COU) o por la formación profesional de segundo grado.

    Enseñanza Universitaria, se impartirá en tres ciclos: el primero, de tres años de duración, pensado para las profesiones cortas, otorgará el título de Diplomado, arquitecto técnico o ingeniero técnico, siempre que sigan la enseñanzas del tercer grado de la formación profesional; el segundo ciclo, de dos años de duración, permite la obtención del título de Licenciado; y el tercer ciclo, de especialización concreta y de preparación para la investigación y la docencia, habilitara para la obtención del título de Doctor.
A la formación profesional se accederá tras haber completado los estudios de los correspondientes niveles y ciclos educativos, como hemos visto anteriormente. Esta no es considerada como un nivel educativo, aunque si aparece como la culminación de los tres niveles: preescolar, educación general básica y enseñanzas universitarias. El sistema se cierra con la educación permanente de adultos, las llamadas enseñanzas especializadas, la educación especial para deficientes e inadaptados y las diversas modalidades de enseñanza (a distancia, cursos nocturnos, cursos para extranjeros, etc.)
 
Características más relevantes:
  • Generalización de la educación de los 6 a los 14 años para toda la población, en el doble sentido de integración en un sistema único, no discriminatorio, de todos los niños comprendidos en estas edades, y de escolarización plena.
  • Preocupación por la calidad de la enseñanza. Así, no sólo supuso la extensión de la educación, sino que procuró una enseñanza de calidad para todos.
  • Fin del principio de subsidiariedad del Estado, presente hasta 1970. Esta ley reconoce la función docente del Estado en la planificación de la enseñanza y en la provisión de puestos escolares.
  • Presencia notable de la enseñanza privada en los niveles no universitarios.
  • Un sistema educativo, pretendido teóricamente con esa estructura, poco selectivo en comparación con otros países.
  • Preocupación por establecer relaciones entre el sistema educativo y el mundo del trabajo, en el sentido de que la educación prepare para el trabajo.
  • Configuración de un sistema educativo centralizado, que trajo consigo una uniformidad en la enseñanza.
La Ley disponía de un plazo de diez años para la implantación total. Sin embargo e inexplicablemente, se redactó un calendario de aplicación de la reforma que aceleraba al máximo su ejecución. Un ejemplo de ello fue la implantación, un mes después, de los cuatro primeros cursos de Educación General Básica, siguiendo un ritmo acelerado el resto del calendario. Ello trajo consigo problemas financieros y una gran confusión en la marcha de la reforma. Los planes de estudios aprobados en 1975 volvieron a orientar al bachillerato hacia un enfoque tradicional, académico y teórico otra vez, pues lamentablemente el sistema de evaluación de la Ley Villar Palasí se convirtió en una sucesión interrumpida de exámenes a lo largo del curso. Por otra parte, el principio de polivalencia del bachillerato no llegó a cumplirse y otros problemas tradicionales siguieron sin solución, aunque se experimentó un auge en la escolarización a este nivel. 

sábado, 12 de marzo de 2016

La educación en la Constitución Española


En 1978, cuando se crea y aprueba la Constitución Española. Es un periodo histórico en el que comparten espacio en el parlamento español grupos políticos con ideologías muy dispares, y diferentes inclinaciones respecto al modelo educativo: socialistas (PSOE), comunistas (PCE), y franquistas (Alianza Popular). La izquierda sueña con una educación laica, más libre, pública y mantenida y regulada por el estado; y la derecha prefiere la enseñanza privada, y con la posibilidad de perpetuar un determinado ideario.
Así, en la Constitución se recogen concesiones a ambos lados:
A la derecha:
"Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones."
"Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la ley establezca."
"Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales."
A la izquierda:
"Los profesores, los padres y , en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca."
"Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes."
Mientras que se quedan en el centro:
"Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca."
"Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes."
"La enseñanza básica es obligatoria y gratuita."
"La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales."
"Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza."

miércoles, 9 de marzo de 2016

El derecho a la educación y la libertad de enseñanza en la Constitución Española

 
1.      El derecho a la educación y la libertad de enseñanza en la Constitución Española.
En la Constitución Española de 1978, dentro de la sección Derechos fundamentales y libertades públicas (artículos 15 a 29), se enmarca el Derecho a la educación y libertad de enseñanza en el artículo 27 de la misma.
El derecho a la educación se entiende como el derecho a acceder a una formación acorde con los intereses personales, y es regulado de manera más específica en los apartados 1: “todos tienen derecho a la educación”, en el apartado 4: “ la enseñanza básica es obligatoria y gratuita”, y en el apartado 5: “los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes”. Así, en su sentido estricto, su naturaleza de derecho social determina que los poderes públicos se vean obligados a organizar el sistema educativo como la prestación de un derecho estructurado como un servicio público.
Por otro lado se establece la finalidad del reconocimiento de este derecho y los límites establecidos de los derechos educativos, en el apartado 2: “tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”; de manera que regula tanto la educación en libertad como la educación para la libertad humana, de acuerdo con la normativa internacional de los derechos de los niños y de los derechos fundamentales de la Unión Europea.
Respecto a la libertad de enseñanza, es interpretada de diferentes formas: por un lado, las familias la entienden como la posibilidad de elección entre una educación pública o privada; los sectores conservadores, como la posibilidad de permanencia de centros educativos privados, en defensa de la pluralidad de centros; y el sector progresista, como la posibilidad de libertad ideológica dentro del centro educativo, como escuela pública universal y gratuita.  Al no quedar limitada la interpretación de este precepto, esta libertad varía en función del contexto legislativo y de la realidad social y política de cada momento. La libertad de creación de centros docentes se manifiesta en el apartado 6: “reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes”, se concreta en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación 8/1985, y se establecen los requisitos mínimos junto con la regulación de los procedimientos a seguir para la autorización y apertura de los centros que impartan estas enseñanzas de régimen general.
2.       Principales reformas educativas en el último tercio del siglo XX.
1970 - Ley General de Educación (LGE): Ley 14/1970, de 4 de Agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa. Se caracteriza por: ser un sistema unitario y flexible; su estructura en 4 niveles (Preescolar, Educación General Básica (EGB), Enseñanzas Medias y Enseñanza Universitaria); generalización de la educación de los 6 a los 14 años, universal y no discriminatoria; preocupación por la calidad de la enseñanza y establecer relaciones con el mundo laboral; el reconocimiento de la función docente del Estado en la planificación de la enseñanza y en la provisión de puestos escolares; la presencia de la enseñanza privada en los niveles no universitarios; ser un sistema educativo centralizado (Uniformidad de la enseñanza).
1980 - Ley Orgánica de Estatutos de Centros Escolares (LOECE): Se enfoca hacia la democratización y participación de la sociedad en el sistema educativo. Características: la creación de los consejos de dirección; aúna lo legislado para primaria y secundaria; libertad para la creación de centros docentes; enfatiza la ideología de los titulares de los centros mediante el derecho al “ideario” del centro.
1985 - La Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (L.O.D.E.): Ley Orgánica 8/1985, de 3 de Julio. Características: establece los fines generales de la educación (formación personal, intelectual y profesional y preparación para la participación social, democrática y solidaria); garantiza la enseñanza básica, gratuita y obligatoria para todos, el desarrollo del derecho a la libre enseñanza, y el acceso no discriminatorio a los niveles superiores; regula la participación de la sociedad mediante la creación de los Consejos Escolares; reconoce la libertad de asociación, federación y confederación de padres y alumnos; crea una red de centros privados concertados; autonomía de centros (órganos de gobierno); elección democrática del director del centro.
1990 - La Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (L.O.G.S.E.): Ley Orgánica 1/1990, de 3 de Octubre. Características: reordena el sistema educativo estableciendo unas enseñanzas de régimen general y otras de régimen especial; amplía la duración de la enseñanza básica obligatoria de los 6 a los 16 años, regula la etapa de Educación infantil (no obligatoria) de 0-3 años y de 3-6); regula la educación de las personas adultas; reforma la Formación Profesional; atiende a la compensación de las desigualdades en educación; parte del principio de normalización e integración social del alumnado con necesidades educativas especiales; define los factores que contribuyen a la mejora de la calidad de la enseñanza; determina los aspectos básicos del currículo (objetivos, contenidos, metodología y criterios de evaluación);  da Competencias a las Comunidades Autónomas, reforzando la diversidad e identidad cultural, lingüística y educativa (oportunidad al bilingüismo y a la inclusión de materias propias de la cultura de cada territorio).
1995 - La Ley Orgánica de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes (L.O.P.E.G.): La Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre. Características: regula la organización y funciones de los órganos de gobierno de los centros públicos  (Consejo escolar y Claustro de profesores); refuerza las funciones de los Consejos Escolares; regula el ejercicio de la Inspección por la Administración Educativa; establece las medidas para garantizar la escolarización del alumnado extranjero; da importancia a la evaluación de los centros, de la función pública docente, de la labor directiva y de la inspección, así como de la formación del profesorado.
3.      Libertad de cátedra, libertad de elección de centro, libertad de creación y dirección de centro educativo.
Recogida en el artículo 20 de la Constitución Española, la libertad de cátedra es "una proyección de la libertad ideológica y del derecho a difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones de los docentes en el ejercicio de su función”. Consiste, por tanto, en la posibilidad de expresar las ideas o convicciones que cada profesor asume como propias en relación a la materia objeto de su enseñanza, presentando de este modo un contenido propio y personalizado. Se reconoce en todos los niveles de la enseñanza y está condicionada por los planes de estudio.
Desde 1985 se considera "la educación como un derecho ciudadano fundamental, garantizado por una red integrada de centros sostenidos con fondos públicos que debe asegurar a todos su ejercicio, reconociendo la libertad de los padres para elegir la escuela para sus hijos y la participación de todos los miembros de la comunidad escolar en la programación general de la Educación". El marco normativo integra un procedimiento para acceder al centro en función de criterios objetivos (proximidad al centro, renta de la unidad familiar, existencia de hermanos en el centro y de alguna discapacidad) que tratan de impedir la arbitrariedad de la adjudicación en caso de insuficiencia de plazas. A pesar de ello, desgraciadamente se ha llegado a una situación “zonificación escolar” que contribuye al desequilibrio de la homogeneidad social.
El apartado 6 del artículo 27 de la Constitución “reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto a los principios constitucionales”, sin embargo, los límites y capacidades del Estado para influir en la dirección de los centros concertados se plantea como un asunto de confrontación política.
4.      Obligatoriedad de la enseñanza.
Es necesario diferenciar dos términos: “escolarización obligatoria”, término entendido como la etapa que formalmente establece un Estado para la enseñanza institucionalizada de las generaciones más jóvenes, y “educación obligatoria”, que es un término más amplio que incluye al anterior, pero que no implica necesariamente la institucionalización de la enseñanza. La escolarización obligatoria resulta ser un tema que puede ser abordado desde múltiples perspectivas. En general se presenta como un logro de la sociedad moderna, aunque se puede transformar en un asunto problemático, respecto a su posibilidad de interferencia con la libertad educativa, en determinados contextos.
La enseñanza obligatoria suele tener lugar en el aula, sin embargo, algunos alumnos españoles de hasta 18 años están adscritos a la organización de la Asociación para la Libre Educación y reciben formación fuera de la escuela ya sea en casa o apoyados en sistemas de educación a distancia. Las familias que recurren a esta vía lo hacen por estar en desacuerdo con el sistema pedagógico oficial, porque han sufrido acoso escolar, están en vías del fracaso escolar, por estrés o por exceso de competitividad.
5.      Reflexión
Es importante y resulta imprescindible la tutela constitucional que garantice la libertad de enseñanza, de modo que en el sistema educativo sea manifiesto tanto el pluralismo externo, entendido como la posibilidad de elección de diferentes tipos de centros, como el pluralismo interno, entendido  como la posibilidad de que se garantice la libertad de cátedra dentro de cada uno de ellos. Así mismo, parece que los problemas que derivan de este modelo de enseñanza son debidos a la articulación de los derechos de manera subjetiva en la Constitución, donde se recoge a la vez la situación del país, y se plasman los desacuerdos en torno a la finalidad y estructura de la escolarización, conflictos que perduran en la actualidad.

 

miércoles, 24 de febrero de 2016

Reseña sobre el libro "Carta a un joven profesor" de Philippe Merieu

           El libro surge a partir de la visión que tiene la sociedad francesa sobre el profesorado y el cumplimiento de los objetivos de su profesión, siendo ésta la base que utiliza el autor para exponer su experiencia educativa personal. A lo largo de su narrativa, Meirieu señala cuáles son, a su juicio, los aspectos más importantes en los que hay que incidir en la educación, y a la vez, ofrece respuestas, en forma de consejos, a cada una de las cuestiones que plantea.
            Para empezar, se pone de manifiesto el pensamiento generalizado de que parece que se ha abandonado la exigencia. La transformación de la sociedad y de sus costumbres, su propia evolución, puede hacernos llegar a esta conclusión. Sin embargo puede que  no sea más que un reflejo del aumento de la información disponible a las personas, y las constantes escenografías y representaciones públicas de la mediocridad, eso sí, en todos los niveles del desarrollo de las personas.
            Por otro lado, la sociedad se plantea que el problema está en la motivación. Motivación para trabajar o trabajar para motivar, éste es el dilema. Resulta ser un problema de gran alcance y más complejo de solucionar de lo que se desearía. Actualmente se hacen continuas referencias a la sobrecarga informativa que soportan las personas, y especialmente los jóvenes por su predisposición a la curiosidad.  Este estado de catarsis informativa aparece como consecuencia del desarrollo de las tecnologías y medios que posibilitan el acceso a la información, de una manera instantánea y cada vez con menos limitaciones de espacio y de tiempo. Así, se abren con frecuencia debates en los que se cuestiona si los procesos de enseñanza y aprendizaje se desarrollan a la par que estos cambios, y si se alcanza el ritmo que permite la adaptación de la educación a estas modificaciones del entorno de las personas.
            La respuesta a todos los problemas sigue siendo hacer el trabajo con calidad y ser exigentes en todo lo que se hace, independientemente del objeto de estudio, ya sean ciencias, letras o artes. Entonces, es preciso tomar una actitud diligente y generar y conservar la energía suficiente para mantener unos niveles óptimos que propicien una actividad pedagógica adecuada. Durante este proceso, es inevitable considerar el papel de los medios de comunicación en la conducta escolar, e intentar controlar, no la información que estos vierten a la sociedad, ya que resulta imposible, sino los efectos que esta puede generar en las personas, mediante la prevención en las escuelas y el fomento del desarrollo de un pensamiento crítico.
            Para lograrlo, resulta fundamental preparar el material, espacio, tiempo y objetivos de nuestro proceso de enseñanza, y formar parte, activa y participativamente, de todos los mecanismos posibles que se ven implicados. Por otro lado, hay que tener en cuenta que el compromiso de cada alumno en un proyecto ayuda en la disciplina, y por lo tanto, es importante implicar a los alumnos lo máximo posible, ya que los problemas graves de disciplina no pueden resolverse solos, y se requiere un gran esfuerzo y trabajo colectivo.
            El autor presenta al maestro como sinónimo de profesor de escuela, y justifica que el profesor de Primaria y el de Secundaria son lo mismo, ya que deben utilizar las mismas técnicas y tienen los mismos objetivos. Al mismo tiempo, separa la escuela de la familia, consideradas como instituciones diferentes, que realizan funciones diferentes en la sociedad y sobre las personas, y por lo tanto deben mantener un espacio de acción delimitado.
            La escuela busca la verdad, el respeto mutuo y la fidelidad a los principios elegidos deliberadamente, y a la vez, en la escuela se busca el bien común en detrimento de los intereses propios. Las funciones sociales de la educación así lo estipulan, siendo un punto de conflicto y posible paradoja principal de la educación. La libertad y voluntad del individuo sometidas a la libertad y voluntad de la sociedad a la que pertenece, frente a la pretensión de conseguir el desarrollo y máxima expresión de los individuos a través de los diversos contenidos que tienen lugar en los procesos educativos.
            Se presenta a la escuela en parte como una panacea, adjudicando a esta el deber de formar a los alumnos en el desarrollo de un pensamiento crítico, ya sea con el propósito ideal de evitar caer en cualquier forma de dominio, de salir del conformismo y provocar el avance y evolución de la sociedad, así como de provocar el pensamiento propio y el pensar por uno mismo. En palabras de Jacques Rosseau, “Que nada de lo que se sepa sea porque usted se lo ha dicho sino porque él lo ha entendido por sí mismo: que no aprenda la ciencia, que la invente. Si en algún momento usted cambia en su espíritu la razón por la autoridad, ya no razonará; sólo será el juguete de la opinión de los demás.”
            Otra de las funciones que se le otorga a la escuela es que debe permitir y facilitar el trabajo de los individuos, en proyectos conjuntos asociándose con otros grupos,  desarrollar el proceso de aprender a “hacer sociedad”. Claramente, la escuela es una herramienta o mecanismo básico de cohesión social, a pesar de que, aún en frecuentes ocasiones, no adquiera las características ideales definidas por la inclusión y la equidad.
            Por lo tanto, para asumir esta función democrática, resulta necesario que la escuela de una importancia capital al Derecho, ya que en última instancia es lo que posibilita mantener a los hombres juntos y rige sus relaciones. El desarrollo de los procesos educativos está rodeado por una aureola de utopía, que en parte resulta vital para mantener la iniciativa y razón de ser del acto pedagógico. Muchas cuestiones deseables seguirán siendo parte de metas inalcanzables o cuestiones reducidas a metas volantes, por el inherente desarrollo de la sociedad y de la humanidad. Así, la democracia debe ser para el profesorado la única utopía posible de alcanzar.
            Finalmente, una vez se ha recorrido el camino trazado por las experiencias planteadas en el libro, y sobre el por qué enseñar hoy, se otea en el horizonte de la narrativa, que, en palabras de autor: “los profesores no tienen porvenir, son el porvenir”, a lo que debo añadir: “no hay maestro sin aprendiz”. De nuevo se redescubre que la evolución y el porvenir de la sociedad se manifiesta en los espacios educativos.

miércoles, 10 de febrero de 2016

Regresiones y transgresiones conceptuales

A pesar de la aparente inmutabilidad de la etimología y significado de las palabras, resulta curiosa la observación de la transformación del uso y significado que adquieren algunos conceptos. La mutación puede originarse en el ámbito popular y transmitirse hasta el académico, y también puede suceder al revés. A veces los conceptos parecen estar en periodos explosivos y fagocitan a otros que los hacen aún más grandes, mientras otros hacen implosión de tanto sobrecargarse y se termina perdiendo el sentido de su existencia.
 
Esta es la introducción que se me ocurre para exponer mis pensamientos sobre dos conceptos alejados entre sí, aparentemente, como son: "equidad" y "ecológico".
 
Cuando la equidad se comió a la igualdad
 
Tanto en el ámbito social como en el educativo, el concepto de igualdad ha sido sustituido por el de equidad, casi sin darnos cuenta, casi sin haber entendido antes su significado. Este momento representa un periodo de transición, en el que la equidad está ganando el territorio que antes ocupaba el uso del término igualdad. Lo cierto es que las diferencias de significado que se les otorga, hace que convivir y educar bajo el principio de equidad genere una sensación de mayor adecuación a la idealizada justicia social y atención a la diversidad de las personas y las circunstancias que contextualizan a los individuos.
 
¿La igualdad se ha convertido en un término/concepto/situación/contexto/experiencia reduccionista? ¿Los avances que han favorecido la evolución positiva de la sociedad bajo el concepto de igualdad no eran en pro de la diversidad?
¿Acaso tendrá algo que ver la causa feminista, en pro de la igualdad, en el proceso de su desestimación como instrumento de cambio hacia la libertad y pleno desarrollo de las personas?
 
Sea cual sea el origen y destino del concepto de equidad, parece un buen principio que incorporar en cualquier marco de convivencia y desarrollo social.
 
Lo ecológico se pasó de moda, ahora lo que se lleva es sostenible
 
Si el anterior asoma cuestiones de poder de géneros genitales, éste parece la parte sumergida del iceberg en relación a cuestiones de mercado económico y agroindustrial. Representa la devaluación de uno de los términos más complejos desarrollados por el hombre en referencia a la gestión y organización de los componentes de un sistema. 
 
¿Asistimos a este funeral como consecuencia del uso inapropiado, erróneo, engañoso, incluso mafioso, del concepto "ecológico", por personas físicas o jurídicas con intereses particulares e individualistas?
¿La desmantelación de una incipiente red de resistencia ecológica-social-económica?
 
Este proceso de cambio lo auguro muy rápido, tal vez por el gran alcance y dimensión de los intereses creados en torno suyo. En los planes educativos ya se está produciendo esta translocación, con justificaciones un tanto pobres.
 
 
Me ha gustado, otro día más.

miércoles, 27 de enero de 2016

La Institución de Libre Enseñanza (ILE)

El krausismo se presentó en España como una actitud militante de transformación moral de la nación, dando paso a enfrenamientos entre innovadores y tradicionales, portadores ambos de dos concepciones opuestas de la educación. Los innovadores eran los hombres que, agrupados alrededor de Sanz del Río primero y en torno a Giner de los Ríos después, aspiraban a una transformación radical de España mediante una renovación pedagógica. El antecedente inmediato de la Institución Libre de Enseñanza (ILE), se encuentra posiblemente en el Colegio Internacional fundado por Salmerón en 1866. 
 
Éste aspiraba a crear un nuevo ambiente para la educación, acogiendo al niño desde sus primeros años hasta los días de su formación universitaria. En él, convivían profesores y alumnos en un clima familiar, e incluso algunos vivían en régimen de internado, pero siempre dentro de este clima familiar más que de un internado clásico. Ambiente que se mantendrá en la posterior Residencia de Estudiantes. 
 
Debido a la inestabilidad educativa que sufría el país, Giner, con varios profesores, constituyeron una Academia Superior de Estudios, en la que pronto se impone en su ánimo la idea de acometer la renovación pedagógica a través de una institución privada de carácter netamente reformista. Así, el 29 de octubre de 1876 nacía la Institución Libre de Enseñanza. Ésta nace con una vocación netamente universitaria. Aspiraban a la formación de minorías que han de generar la transformación de España. Se configura como un centro que, siguiendo los planes de oficiales, prepara para la realización de Letras y Ciencias y determinadas licenciaturas. Sin embargo, pronto la preparación de los estudios universitarios se revelará como un fracaso económico en contraposición el éxito y auge de los estudios secundarios. El ambicioso empeño de crear una Universidad Libre queda en suspenso en 1878.   
Aportaciones pedagógicas de la ILE

En primer lugar, su concepción de la educación como actividad formadora de hombres y no sólo como transmisora de conocimientos; su concepción del hombre no en virtud de su condición de miembro de una  sociedad, sino como un valor en sí mismo. La concepción del niño como “proyecto-hombre” que debe ser respetado en su conciencia y no expuesto a las luchas ideológicas de la sociedad y, por lo tanto, la necesidad de la neutralidad religiosa. En segundo lugar, la adopción del método intuitivo (lo que hoy llamamos método activo), sustituyendo la coacción por la libre participación del niño; la formación del carácter moral, con especial atención al desarrollo de la personalidad; el cuidado del cuerpo, introduciendo las nociones de higiene y educación física; el amor al trabajo y el cultivo de la tolerancia como virtud ciudadana. Pretendían ciertamente, la transformación moral de España desde una reforma pedagógica profunda.
 
En 1882 el Ministerio de Albareda crea el Museo Pedagógico. Éste, como sabemos, era algo bien distinto de un museo. Era una institución destinada a la formación de maestros que venía a llenar el vacío pedagógico de las Escuelas Normales. Ahora bien, será en 1907 con la creación de la Junta para la Ampliación de Estudios, cuando este tema se convierta en uno de los objetivos principales a solucionar. De la Junta nacieron también diversas instituciones que han dejado su impronta en la educación y en la cultura española. En especial el  Centro de Estudios Históricos (investigaban a fondo nuestra historia), la Residencia de Estudiantes (residencia que aspiraba a educar a los residentes mediante la vida comunitaria de maestros y discípulos, el imperio de la libertad y la presencia de un ideal colectivo a realizar) y el Instituto−Escuela (centros pilotos donde se reformaba la segunda enseñanza a través de métodos experimentales y mediante la introducción de innovaciones pedagógicas de corte europeo).

domingo, 17 de enero de 2016

Enlaces. Historia de la EA

Siguiendo los enlaces siguientes se puede hacer un recorrido histórico por el desarrollo de la Educación Ambiental y encontrar información complementaria:

Procedimiento para adquirir la acreditación de calidad que otorga la AVEADS a los Equipamientos y servicios de Educación Ambiental.

Calidad en Educación Ambiental. Una propuesta de trabajo para mejorar la calidad de los programas y actividades de educación ambiental en Navarra.

El Seminario de Equipamientos Privados de Educación Ambiental: de la regulación a la mejora de la calidad educativa

sábado, 16 de enero de 2016

Unos apuntes de historia

La crisis ambiental actual tiene su origen cuando en el Renacimiento y, más tarde, en la Ilustración se alumbró un nuevo modelo de relación entre el hombre y la naturaleza, un modelo puramente antropocéntrico, que apostó por la razón y el progreso como motores de desarrollo bajo la máxima "si algo puede hacerse, hagámoslo", sin consideraciones ecológicas, éticas ni morales. Esta forma de pensar y de entender el mundo que ha ido avanzando hasta nuestros días y no sólo en las sociedades occidentales sino transmitiéndose, en el mejor de los casos, cuando no imponiéndose, sobre otras culturas y pensamientos, ha derivado en una falta de valores en las sociedades actuales donde se prima el individualismo y el enriquecimiento personal frente al éxito colectivo donde no se tiene en cuenta a la Humanidad en su conjunto, la Naturaleza y a todos los seres vivos que la componen como iguales, no únicamente como fuentes de recursos y sumideros de desechos donde el ser humano pueda disponer a su antojo de ellos.

En España, sólo durante el periodo de la LOGSE se consideró de forma expresa el tratamiento pedagógico de determinadas temáticas, entre las que se encuentra la Educación Ambiental, que se vinculaban con diferentes problemáticas sociales y se consideraba entonces la Educación Ambiental como materia transversal que debiera impregnar todas las áreas de conocimiento. Esta transversalidad e interdependencia con el resto de áreas de conocimiento es precisamente una de las señas de identidad de la Educación ambiental y para el Desarrollo Sostenible, como queda recogido en el Libro Blanco de la Educación Ambiental desarrollado por el Ministerio de Medio Ambiente marcándose como objetivo marco "garantizar la presencia real en el marco educativo de un modelo de educación ambiental integrado, global, permanente y enmarcado en la educación en valores".
 
En la LOCE (Ley Orgánica de la Calidad Educativa), no se contempla la transversalidad de materias ni en la educación primaria ni en secundaria, no apareciendo ninguna referencia a la Educación Ambiental. Y continúa en la sombra actualmente en la Comunidad de Madrid, a diferencia de comunidades como Cataluña, Aragón, Euskadi y Andalucía, que incluyen algunos contenidos más explícitos en sus currículos. Sobre su tratamiento en la LOMCE, se comentará en otro post.
 
Por lo tanto, donde la Educación Ambiental y para el Desarrollo Sostenible ha contado con una mayor acogida y más ha ido calando e impregnando ha sido, por contraparte, en la educación no formal, es decir, aquélla que no estando recogida explícitamente en los planes de estudio de centros docentes permite el aprendizaje tanto de niños y adolescentes como de adultos y personas mayores. La educación ambiental, en este ámbito, ha permitido que la población comience a ser consciente de la crisis ambiental que el mundo padece y, en este sentido, puedan contar con herramientas para hacerla frente.
 
La educación, en su concepto más amplio e incluyendo la educación ambiental y para el desarrollo sostenible, de forma concreta, hace más libres a las personas, en palabras de P. Freire, y las conduce a ser ellas mismas. La educación, más allá de los contenidos reglados implica crecimiento, comprensión y desarrollo, genera cultura y conciencia sostenible a través de un acercamiento al entorno, a la utilización responsable de los recursos naturales o a la adecuada gestión de los residuos.

viernes, 15 de enero de 2016

Configuración histórica y evolución de la educación secundaria en España

 
1. Los antecedentes desde el siglo XVI
 
La necesidad de una enseñanza intermedia hace que surja la "Escuela de latinidad o de gramática", escuelas públicas en los pueblos, religiosas o privadas, cuya función principalmente es la de cumplir las necesidades de cualificación laboral de la sociedad, hacia la burocracia, la iglesia o el acceso a la Universidad. Los objetivos educativos se enfocan hacia el conocimiento y estudio de la lengua y gramática. Sólo tienen acceso a ella hombres de clase social alta.
Mantiene un carácter aislado hasta que en el siglo XIII se expande y comienzan los enfrentamientos entre las escuelas, ya que surgen problemas como la precariedad material, de recursos económicos o por la actividad pedagógica en sí misma.

Para visualizar un poco más el contexto puedes leer, por ejemplo: Sociedad y educación en el medio rural. El colegio "San Ildefonso de los Infantes" de Cuerva (Toledo). Siglo XVII. En el siguiente enlace: http://institucional.us.es/revistas/historia/28/12%20sanchez%20gonzalez.pdf
 
2. Las reformas liberales del siglo XIX
 
Para dar solución a las necesidades prácticas del Estado, y en respuesta a las nuevas ideas liberales, surge el espacio específico para impartir la enseñanza, el instituto. A principios de este siglo, se plantean las primeras ideas, pero el sistema social absolutista y conservador impide su desarrollo. Así, se retrasa hasta mediados de siglo la creación de los primeros institutos, gracias a dos motivos: la demanda local, y el fomento, legalmente, desde el Ministerio de Fomento de Claudio Moyano, que consolida los institutos provinciales e segunda enseñanza, que se reparten por todo el territorio español.

 Si quieres saber más, puedes leer el texto monográfico de Julio Ruiz Berrio: El Plan Pidal de 1845: Los institutos públicos, dinamizadores de las capitales de provincia, en el siguiente enlace:  http://www.mecd.gob.es/revista-cee/pdf/n7-ruiz-berrio.pdf
 
3. El primer tercio del siglo XX
 
En esta época hay grandes problemas para ponerse de acuerdo en el sistema educativo. se estipulan periodos concretos e itinerarios, se cuenta con  exámenes de acceso y reválidas, se mantienen privilegios de la enseñanza religiosa, la enseñanza pública está regulada y contralada, mientras que la privada no tiene ningún control... Así, no comienza a funcionar hasta la II República, que establece un sistema laico, y amplía el currículo hacia enseñanzas más científicas, aunque sigue siendo humanista. Entonces, el currículo se moderniza y se  comienza a  experimentar en el contexto educativo (sin libros, con más materias, con evaluación continua) y se extiende durante este periodo político con la Escuela Nueva Activa, hasta el comienzo de la Guerra Civil. Durante este periodo, en general, se suceden grandes progresos, desde el aumento del número de alumnos, hasta el aumento en el número de mujeres estudiantes y maestras, aunque la enseñanza se realiza de manera segregada en función del sexo.

Si tienes interés, accede a La Escuela Nueva en España: crónica y semblanza de un mito, de Mª del Mar Pozo Andrés, en el siguiente enlace: http://revistas.usal.es/index.php/0212-0267/article/view/6772/6758 , (pincha en Descargar archivo)

4.  El franquismo
 
El régimen franquista destruye y desmonta los avances logrados durante la II República. Al principio esta etapa, muchos profesores se retiran al exilio y la educación se someta al control religioso y privado, lo que favorece y permite el adoctrinamiento de masas (hasta 1954). A continuación, en una fase aperturista, se fomenta la educación pública y aumenta el número de alumnos estudiantes. Y por último, se produce otro cambio en el ´70, esta vez positivo, provocado por un proceso de evaluación estatal de la educación española. Las conclusiones de este análisis fueron la observación de resultados sociales y económicos positivos debidos a la inversión, promoción y apertura de la educación. Así, consecuencia de la Ley General Educativa, se establece la escolarización obligatoria hasta los 14 años, un BUP de 3 años, y un último curso, COU. Por otro lado, se crea la Formación Profesional de grado medio. A partir de entonces, aumentan los recursos destinados a la educación, que se convierte en menos clasista.

Si quieres, puedes leer más: Aproximación a la enseñanza secundaria durante el Franquismo: 1938-1967, de Leoncio Vega Gil, en el siguiente enlace: http://revistas.usal.es/index.php/0212-0267/article/view/6825/6811 (pincha en Descargar archivo)
 

jueves, 14 de enero de 2016

2006 - Ley Orgánica de Educación (LOE)

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de 2006, de Educación (LOE)

Asume principios, criterios y estructuras de las leyes que deroga (LOGSE, LOPEG y LOCE), aportando sobre esa base distintas soluciones a los problemas de la educación en España.